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Breves apuntes sobre el Día Internacional de la Democracia

  • Foto del escritor: Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
    Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
  • 15 sept 2020
  • 9 Min. de lectura

Actualizado: 22 feb 2021

Título original: "Breves apuntes sobre el Día Internacional de la Democracia"


Alexandra Altez y Jean Carlos Rodríguez

Miembra principal del Círculo de Derechos Humanos- UNMSM y miembro principal del Taller de Sistemas Electorales y Partidos Políticos- UNMSM




1.- INTRODUCCIÓN

La conmemoración de días internacionales permite sensibilizar a la población y dar a conocer problemas que poseen nuestras sociedades. En la actualidad, las democracias del mundo se enfrentan a discursos populistas que se aprovechan de la poca credibilidad de los actores políticos tradicionales y que resquebrajan las instituciones políticas haciendo cada vez más factible el retorno de regímenes no democráticos.

Sobre ello, de acuerdo al Informe de Libertad en el Mundo elaborado por Freedom House, en el presente año estamos en un constante retroceso de la democracia. Este sería el décimo cuarto año consecutivo en que disminuye la libertad global, donde ciudadanos de 64 países experimentaron retrocesos en sus derechos políticos[1]. El paradigma democrático se encuentra en crisis y hoy, 15 de septiembre, fecha en la que se conmemora el Día Internacional de la Democracia creemos necesario escribir al respecto.

Nuestras democracias comparten características comunes. No existe un modelo único de democracia y ésta no pertenece a ningún país o región. Asimismo, se reafirma también la necesidad de respetar debidamente la soberanía y el derecho a la libre determinación.

Por otro lado, en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, se declaró que “la voluntad del pueblos será la base de la autoridad del gobierno”, entendiéndose que esta línea daba a entender el concepto principal de una democracia y al estar en una declaración sobre derechos humanos reafirmaba el carácter interdependiente de la democracia y los derechos humanos. En ese sentido, Naciones Unidas también ha desarrollado una serie de elementos que permitirían identificar gobiernos democráticos.

Los cuales son los siguientes:

a. Respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales

  1. Libertad de asociación

  2. Libertad de expresión y de opinión

  3. Acceso al poder y su ejercicio de conformidad con el imperio de la ley;

  4. La celebración de elecciones periódicas, libres y justas por sufragio universal y por voto secreto como expresión de la voluntad de la población;

  5. Un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas;

  6. La separación de poderes;

  7. La independencia del poder judicial;

  8. La transparencia y la responsabilidad en la administración pública;

  9. Medios de información libres, independientes y pluralistas.

Es así que los derechos humanos y la democracia se conectan para visualizar que uno no puede existir sin el otro.

En nuestro país, el Tribunal Constitucional ha hecho referencia al papel de la democracia frente a los derechos de la minorías[2], indicando que si bien la democracia implica el consenso de las mayorías, esta debe darse con pleno respeto frente al disenso de las minorías; ya que si no se garantizan los derechos fundamentales de las minorías, esa democracia de mayorías perderá sustento constitucional. Ello nos permite indicar que, en una democracia debe estar presente el pleno respeto por los derechos humanos de toda la población en condiciones de igualdad, sin importar ninguna condición arbitraria que los exima de la tutela de sus derechos fundamentales.

A continuación, se procederá a hacer una descripción breve de los elementos esenciales de la democracia, ordenados en dos acápites temáticos.


2. Elementos esenciales relacionados a los derechos civiles y políticos

  1. Respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales

El respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales, el desarrollo y la democracia son elementos interdependientes; así lo ha manifestado Naciones Unidas en el año 2012.[3]La interdependencia de estos elementos delinea los objetivos de una sociedad democrática, independiente de cuál sea la tipología de democracia adoptada en cada nación.

Asimismo varios de estos elementos esenciales han adquirido el status de principios de democracia tras su cristalización en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en adelante PIDCP), tratado ratificado por más de 168 países de Naciones Unidas, incluido el Perú.

1. Libertad de asociación

Este derecho se encuentra en el artículo 22 del PIDCP, el cual se refiere a poder asociarse de manera libre con otras personas para la protección de sus intereses, tales como fundar sindicatos y afiliarse a ellos.

Esta libertad de asociación es esencial para una democracia debido que al constituir asociaciones o afiliarse a ellas se accede a la representatividad en pro de la consecución de los intereses de la población, así como es un elemento indispensable para el ejercicio del derecho al voto[4] ya que del ejercicio de esta libertad, es que se hace posible la existencia de los partidos políticos[5]y su rol fundamental.


2. Libertad de expresión y de opinión

La libertad de expresión y de opinión se encuentra en el artículo 19 del PIDCP. Ambas libertades se encuentran íntimamente relacionadas debido a que la libertad de expresión constituye el medio para emitir opiniones.

Asimismo la Observación General 34 del Comité de Derechos Humanos[6], las ha caracterizado como piedra angular de las sociedades libres y democráticas. En ese sentido, esta libertad se desdobla en emitir opiniones y no ser molestado a causa de las mismas y además, a recibir y difundir información de toda índole.


3. Medios de información libres, independientes y pluralistas

Los medios de información surgen como consecuencia del ejercicio de la libertad de información, en la vertiente de la libertad de prensa.

En ese sentido, esta libertad de información se encuentra cristalizada en el PIDCP, así como también en la Observación General 34 del Comité de Derechos Humanos, en cuyo documento se formuló que los Estados deberían garantizar que los servicios públicos de radiodifusión funcionen con independencia y con libertad en pro de conservar y promover su independencia.

En cuestiones públicas y políticas, el Comité de Derechos Humanos también indicó que es indispensable la existencia de una prensa y medios de comunicación libres y capaces de informar y comentar las cuestiones públicas sin censuras ni limitaciones.[7]


4. Acceso al poder y su ejercicio de conformidad con el imperio de la ley

Este aspecto se desdobla del derecho a participar en los asuntos públicos, un derecho de participación política contenido en el artículo 25 del PIDCP. Cabe mencionar que esto debe ser garantizado en un ambiente de igualdad y no discriminación.

En ese sentido, se encuentra la Observación General N° 25, la cual detalla que la participación ciudadana será directa cuando puedan ejercer facultades como miembros de órganos legislativos u ocupar cargos ejecutivos, así como al participar de procesos electorales, participar de asambleas populares para la toma de decisiones sobre cuestiones locales, entre otras[8].

Cuando se menciona el acceso al poder y su conformidad, se hace referencia a poder ser elegido como representante u ocupar un cargo de gobierno, situación que otorga facultades conforme a la constitución y el ejercicio debe estar en observancia de los preceptos legales y constitucionales de un estado de derecho. Asimismo, adquieren responsabilidad ante los ciudadanos por el ejercicio de dicho poder adquirido al ocupar cargos.

3. Elementos esenciales relacionados a la Institucionalidad para garantizar una Democracia

El ejercicio de los derechos políticos es un elemento primordial para las democracias liberales de la actualidad. Los inicios de estas libertades se asocian a la Revolución Francesa, de la cual derivó la Declaración de Derechos del Hombre y Ciudadano, primer documento que reconoce las libertades y derechos civiles de los ciudadanos los cuales, a nivel teórico, se identificaron como derechos de carácter natural e inalienables de la condición de hombre. Asimismo, son muy importantes para garantizar la vigencia de los gobiernos representativos.

Pero, estos derechos no fueron obtenidos para todas las personas, sino para un pequeño grupo que cumplía con una serie de requisitos (ser hombre, ser letrado, contar con una propiedad, etc.), estas personas eran los únicos ciudadanos. Es así como esta supuesta conquista de los derechos políticos no fue para todos, la lucha por su universalidad continuó. Sobre esta lucha debemos tomar con énfasis la lucha por el sufragio universal.

El sufragio universal consiste en que toda la población de un Estado a partir de cierta edad tiene el derecho a elegir a sus representantes, es decir, tiene derecho a voto, sin ninguna distinción por motivo de origen étnico o características sexuales. La conquista por este derecho ha demandado la organización de los grupos sociales marginados, como son las sufragistas que buscaron el derecho al voto femenino o los movimientos afrodescendientes de Estados Unidos, liderados por Malcom X y Martin Luther King, y africanos como en Sudáfrica o Zimbabwe, liderados por Nelson Mandela y Robert Mugabe, que exigieron el voto para todas las personas sin distinción de su origen etnico o el color de su piel y lucharon contra modelos sociales segregacionistas.

Pero estas conquistas civiles no se pueden garantizar sin elementos institucionales pertinentes. En ese sentido, las Naciones Unidas exponen los siguientes elementos como esenciales para una Democracia Institucional:


1. La celebración de elecciones periódicas, libres y justas por sufragio universal y por voto secreto como expresión de la voluntad de la población.

Un país no solo debe convocar a elecciones para denominarse democracia, sino que estas deben contar con una serie de características esenciales como son la periodicidad, la libre competencia entre las opciones políticas y justas condiciones que permitan la posibilidad de una alternancia en el mando del gobierno. Finalmente, se debe respetar el secreto del voto y que este no se encuentre condicionado.


2. Un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas

Los partidos políticos son organizaciones de gran relevancia en las democracias, pues son los principales nexos entre la ciudadanía y los asuntos públicos[9]. En una democracia es importante que existan variedad de partidos porque las opiniones de los ciudadanos suelen diferir en la mayoría de los casos y son los partidos los que representan esta variedad de opiniones. Una característica relevante que deben lograr los partidos es la institucionalización, en el sentido que deben ser organizaciones sólidas capaces de evitar cualquier tipo de caudillismo y tener mayor y mejor conexión con las demandas de ciertos sectores de la ciudadanía.


3. La separación de poderes

La formulación de esta característica es de larga data y se desarrolló para garantizar el Estado de Derecho, impedir la concentración del poder político en manos de una sola autoridad y evitar cualquier tipo de gobierno despótico. Esta separación va de la mano con una serie de elementos de control político entre los 3 poderes del Estado (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial).


4. La independencia del poder judicial

Es importante que exista un poder judicial sin manipulación por parte de algún poder político, con objetividad en las decisiones que tome y la defensa de los derechos fundamentales contemplados en un Estado de Derecho. Un poder judicial independiente evitará que se use a este poder del Estado como un medio de control y amedrentamiento de la oposición política.


5. La transparencia y la responsabilidad en la administración pública

Finalmente, es importante considerar que en el marco de la última crisis de representación política del siglo XX desarrollada en la década de los 80's, los Estados comenzaron a incorporar mecanismos de control ciudadano con el fin de transparentar el desempeño de las autoridades y fortalecer la debilitada representación que persistía en aquellos años[10]. Es así que también se promueve la participación ciudadana mediante espacios como los presupuestos participativos o los cabildos abiertos.


4. Democracia Institucional: Cuando la doble legitimidad de los poderes del Estado se convierte en un factor de crisis política. A propósito de la aprobada moción de vacancia por incapacidad moral.

Los elementos esenciales de la democracia están de la mano con los sistemas de gobierno. En el caso peruano, nuestro régimen es presidencialista, aunque poseemos algunos mecanismos de carácter parlamentario. El presidencialismo tiene como una de sus características más importantes la doble legitimidad, es decir que tanto el Parlamento como el Presidente han sido elegidos en las urnas por la ciudadanía. Y en el marco de esta característica, es que en los últimos años se han desarrollado disputas respecto a cuál de los dos poderes representa la voluntad “real” de la ciudadanía.

Estas pugnas han derivado en una constante riña entre los Poderes Ejecutivo y el Legislativo, lo que anteriormente llevó a una renuncia presidencial hace un par de años y el relevo por parte del primer vicepresidente, siendo una victoria del Poder Legislativo. Pero también, ocasionó la disolución del Congreso el año pasado y la convocatoria a nuevas elecciones congresales, ganando esta vez el Ejecutivo. Y en la actualidad también nos encontramos en una disputa entre ambos poderes que ha derivado en una moción de vacancia presidencial pronta a discutirse en la presente semana.

Asimismo, este mecanismo de vacancia es una manifestación del control político que ejerce el Legislativo frente al Ejecutivo; aunque, esta causal de incapacidad moral ha sido un tema bastante trastocado en nuestra historia republicana.

Tal como en el año 2003, el Tribunal Constitucional se pronunció[11]sobre los aspectos, del procedimiento, que deberían regularse y observarse para un proceso de vacancia por incapacidad física o moral. Ante ello, se resaltó la necesidad de una mayoría calificada y la prevalencia del principio de proporcionalidad en este juicio político hacia un representante elegido por la voluntad popular, el presidente. Dicho mecanismo, parte del rol del Congreso regulado en la Constitución y el Reglamento correspondiente. Sin embargo, 17 años después, dicha interpretación podría quedar desfasada frente a la situaciones actuales.

Entonces, frente a los acontecimientos suscitados hasta el día de hoy 15 de septiembre, se tiene una demanda competencial que tendría como objetivo de que sea el Tribunal Constitucional quien determine los alcances de las funciones del Congreso con respecto a esta medida de vacancia, ya que por los hechos del contexto podría existir la posibilidad de ser una medida promovida de manera arbitraria y con objetivos obstaculizantes.

Corresponde entonces, al máximo intérprete de la Constitución pronunciarse y delimitar las facultades de ambos Poderes del Estado, quienes deben tener independencia en relación a la estructura democrática de derecho, la cual esta preceptuada en nuestra Constitución.


[1] Freedom House (2020). Democracy and pluralism are under assault. https://freedomhouse.org/report/freedom-world/2020/leaderless-struggle-democracy

[2] STC 00030-2005-PI, FJ 15

[3] A/HRC/RES/19/36, 2012. Consejo de Derechos Humanos.

[4] Observación General N° 25. Comité de Derechos Humanos, 1996. p. 12

[5] Observación General N° 25. Comité de Derechos Humanos, 1996. p. 26

[6] Observación General N° 34. Comité de Derechos Humanos, 2011.

[7] Observación General N° 34. Comité de Derechos Humanos, 2011. p. 20.

[8] Observación General N° 25. Comité de Derechos Humanos, 1996. pp. 6 y 7.

[9] IIDH/CAPEL. (2017). Diccionario Electoral (I y II tomo). https://www.iidh.ed.cr/capel/diccionario/example-assets/books/diccionario.pdf

[10] Ramírez-Nárdiz, A. (2014). Crisis de la representación, crisis económica e ideología alternativa: Los conceptos de ruptura estática y ruptura dinámica. Estudios de Deusto, 62 (1), 235-259. http://dx.doi.org/10.18543/ed-62(1)-2014pp235-259

[11] EXP. N.O 0006-2003-AIITC




 
 
 

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