Día de las rebeldías lésbicas: Breves apuntes sobre la situación de la comunidad lesbiana en el Perú
- Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
- 14 oct 2020
- 12 Min. de lectura
Título original: "Día de las rebeldías lésbicas: Breves apuntes sobre la situación de la comunidad lesbiana en el Perú."
Luz Ana Cabrera y Tatiana Espinoza
Miembras principales del Círculo de Derechos Humanos-UNMSM
1. ¿Cómo se creó este día?
En el año 2007, se realizó en Chile el VII Encuentro Lésbico Feminista de América Latina y el Caribe – VII ELFLAC, en cuya asamblea final más de 200 lesbianas feministas propusieron por unanimidad instaurar de manera autónoma un día en el cual se conmemore anualmente la visibilidad de las luchas que se han librado contra la opresión de sus expresiones eróticas, afectivas, para politizarlas y darles un sentido revolucionario. De esa manera, se escogió el 13 de octubre, en memoria del I Encuentro de 1987 en México, el cual se dio en la misma fecha. [1]
La rebeldía lésbica piensa en las causas de la opresión y no sólo en las consecuencias; ya que, las formas de violencia nos afectan de manera múltiple y diversa. Por lo cual, se busca denunciar la lesbofobia social y la invisibilidad y/o sexualización a la que se condena la expresión del amor y el erotismo entre mujeres, sobretodo cuando son mujeres racializadas, pobres, campesinas, con alguna discapacidad u otras condiciones.
2. Situación de la comunidad lesbiana en el Perú
No resulta novedoso señalar que en nuestro país la discriminación por orientación sexual es elevada. Tal es así que en términos de actitudes hacia la homosexualidad, el Informe Anual 2019 del Monitor Periódico de Inteligencia de Riesgo y Seguridad (PRISM por sus siglas en inglés) indica que la aceptación social en su mayoría oscila entre intolerancia y tolerancia mixta, y que Perú representa un "amenaza moderada" para las personas LGBTI. Por ende, es comprensible que las personas LGBTI en el Perú sientan miedo e inseguridad de vivir plenamente sus vidas y sus verdaderas identidades.
Además, en la Primera Encuesta Virtual para Personas LGBTI, realizada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) de Perú en 2017, se alcanzó a 12 026 personas LGBTI adultas, la mayoría entre 18 y 29 años. Lamentablemente, el principal resultado de esta encuesta arrojó que el 63% de los participantes declararon haber sido víctimas de discriminación o violencia. Aún más preocupante resultó que menos del 5% decidió presentar una queja sobre estos incidentes que experimentaron debido a la impunidad que se reina frente a estos ataques. [2]
Una vez presentado este panorama, en la presente nota nos abocaremos exclusivamente a un sector dentro de la comunidad LGBTI que por mucho tiempo ha sido invisibilizado, las mujeres lesbianas. Pues, debemos entender que a lo largo de los años, las mujeres lesbianas no solo han sufrido el machismo propio de la sociedad, sino también discriminación en razón de su orientación sexual y expresión. De esta forma, las lesbianas sufren discriminaciones y violencias particulares que serán abordadas, de manera enunciativa mas no limitativa, en los siguientes puntos.
3. Discriminación interseccional
Primero debemos comprender que la discriminación interseccional se entiende, según Kimberlé Crenshaw, como aquella en la que varios motivos de discriminación interactúan simultáneamente, de manera inseparable, provocando situaciones de exclusión social y vulnerabilidad. Lo cual tiene notable importancia porque no es simplemente que se experimenten dos o más motivos de discriminación de manera acumulativa, sino que las situaciones de discriminación interseccional van de la mano, comportando un incremento exponencial de la situación de marginación en la que se ven inmersas las personas que la padecen. [3]
En ese sentido, las mujeres lesbianas, como punto de partida, poseen situaciones de discriminación interseccional: por su sexo y orientación sexual. Como bien es conocido, estas dos categorías presentan sus violencias particulares, partiendo del machismo y del rechazo y castigo que expresa la sociedad por romper con el molde de “mujer heterosexual”. De tal forma, estas dos categorías no actúan separadas, sino que en conjunto aumentan el nivel de vulnerabilidad. Sin embargo, existen más categorías que se interrelacionan en las mujeres lesbianas. Por ejemplo, y sobretodo, las cuales distan del parámetro convencional preestablecido en la sociedad, como son las condiciones de discapacidad, pobreza, piel no blanca, etnicidad, falta de educación o no terminada, expresión “no femenina” y muchas más que en conjunto aumentan y diversifican las afectaciones sufridas.
4. Sexualización
Las mujeres siempre han sido objeto de cosificación e hipersexualización, lo cual es notablemente visible y perpetuado en los medios de comunicación, a tal punto que hemos normalizado e internalizado esas conductas. Entonces, las mujeres lesbianas también sufren esta sexualización en su vida cotidiana, la cual se expresa en hostigamiento, acoso sexual u otras formas de violencia sexual en forma individual o en pareja. Sin embargo, muy especialmente, las relaciones eróticas entre mujeres lesbianas han sido de tal manera sexualizadas que se venden en gran magnitud en el mundo pornográfico con un mayor consumo por parte de hombres heterosexuales. Tal es así que los buscadores digitales indexan la palabra “lesbiana” a estos canales casi de manera inmediata.
Producto de ello, la página de activismo francesa #SEOlesbienne ha sido una de las más vocales a la hora de señalar esta situación y ha logrado, el año pasado, que Google cambie su algortimo para que la palabra ‘lesbiana’ deje de dirigir a webs pornográficas o de contenido sexual. Si bien eliminar este algoritmo de las búsquedas no termina con la discriminación en la sociedad, es un paso hacia delante. [4]
5. “Violaciones correctivas”
Situaciones de extrema violencia contra las mujeres lesbianas son, sin duda, las “violaciones correctivas”. Esta aterradora frase se refiere a “un método para curar” a las lesbianas, con la creencia que de esta manera serán forzadas a ser heterosexuales o también como método de castigo. A manera de evidenciar ello, tenemos el caso de C., una mujer lesbiana peruana víctima de una “violación correctiva” por parte de un vecino amigo de la familia. Asimismo, Margarita Díaz Picasso, exdirectora general de Igualdad de Género y No Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables reconoció que lamentablemente es una práctica que tiene cierta recurrencia. También, María Isabel Cedano, directora de la organización Estudio para la Defensa de Derechos de la Mujer (Demus) expresó que los casos no están documentados, no es usual la denuncia, pero los ha escuchado desde 2005. [5]
6. Crímenes de odio
Definitivamente, los crímenes de odio contra la comunidad LGBTI son el punto máximo de violencia contra ella porque implican muertes crueles perpetradas por personas que se sienten con toda la autoridad de acabar con la vida de personas que son “diferentes”. En el caso de las mujeres lesbianas, una apología al crimen de odio contra ellas la promovió el pastor Rodolfo Gonzáles Cruz, líder del Movimiento Misionero de Perú, el cual expresó lo siguiente: [6]
“¡Las lesbianas!, las mujeres que se echan con mujeres. Es que Dios no te hizo a tí varón, mujer. Dios te hizo mujer para tener un varón contigo. Y el diablo te ha engañado porque no sabes lo que te espera. Hasta que te metan cuchillo, hasta que te metan balas, hasta que caigas en el infierno, no te darás cuenta”
"Si encuentran dos mujeres teniendo sexo, maten a las dos. Si encuentran a una mujer teniendo sexo con un animal, mátenla a ella y maten al animal, sea un perro o cualquier otro animal, en el nombre de Jesús. Hay poder en Jesús y en la sangre de Cristo."
Por ende, hemos podido observar, someramente, formas de discriminación y violencia contra la comunidad lesbiana en el Perú, la cual se encuentra en una situación de vulnerabilidad específica. No obstante, como ya hemos advertido, existen otras situaciones que violentan a las mujeres lesbianas, las cuales perjudican el desarrollo de su vida restringiendo su libertad y otros derechos.
7. Importancia de la auto organización para el reconocimiento de las lesbianas en nuestra sociedad:
Las organizaciones lésbicas a lo largo de los años han realizado numerosas acciones para conseguir que el Estado y la sociedad les brinden reconocimiento, siendo que las mujeres dentro de estas organizaciones han definido su orientación sexual como parte de su identidad política, que da sentido a sus actuaciones colectivas y públicas.
La primera organización lésbica dentro de nuestro país fue creada en 1984, con la aparición del Grupo de Autoconciencia de Lesbianas Feministas GALF, y a pesar de las dificultades que han tenido que afrontar como movimiento político, debido al conflicto armado, la crisis económica, y otros factores, se ha mantenido en pie, a través de distintas organizaciones como el colectivo Lesbianas Independientes Feministas Socialistas (LIFS), Articulación Lesbianas Lima, Lesbianas Activistas No Agrupadas, el Grupo de Mujeres Diversas (GMD), Colectivo Uniones Perú, Colectivo Trece Brujas, la Red Peruana TLGB, e Insumisas de Lilith, por nombrar algunas; así también existen diversas organizaciones organizaciones universitarias LGBTI que cuentan con presencia de personas lesbianas[7].
Siendo que estas organizaciones a lo largo de los años han venido realizando diferentes acciones como la incidencia política, actividades contraculturales, círculos de estudios, intervenciones en el espacio público con marchas, besos lésbicos, etcétera,[8] que deben ser nombradas, porque a pesar que estamos ante grupos dinámicos de la sociedad peruana, su historia y memorias no han obtenido el reconocimiento que merecen. Esto se debe, como lo explica Gayle Rubin, a que la identidad lesbiana constituye una amenaza al sistema sexo- género que rige nuestra sociedad, pues está organizado sobre la base de una hegemonía masculina, y las sanciona con la invisibilización, la estigmatización y la violencia.
Ahora bien, la importancia de todas las acciones que ha nivel colectivo vienen realizando las organizaciones lésbicas, radica en que buscan dos cosas muy importantes: a)reconocimiento, entendida como el respeto a su existencia y a sus derechos y; b)redistribución, que es la exigencia de que las políticas públicas estatales hagan un repartimiento justo de recursos materiales o simbólicos que las incluyan dentro del panorama, para eliminar la discriminación a la que se ven expuestas.
La falta de reconocimiento de las mujeres lesbianas en nuestra sociedad, como ha sido explicado anteriormente, impide la participación de ellas por igual en la vida social, se ven estigmatizadas por prejuicios culturales, que se concretan con la negación de derechos como el matrimonio, el bienestar social, entre otras, y para superar esta falta de reconocimiento es que la labor de las organizaciones de lesbianas tiene un papel fundamental, porque es a través de las acciones que realizan que contribuyen con la transformación de las instituciones y prácticas sociales, pues a través de la incidencia, las acciones públicas como la manifestaciones, los círculos de estudios, se reivindican derechos y se colocan en el ámbito público cuestiones que merecen ser repensadas, en busca de resultados tangibles.
Además como parte de las organizaciones de la sociedad civil, su labor es importante porque pueden involucrarse dentro de las funciones de gobierno, involucrándose en el proceso de implementación de políticas públicas y de las políticas sociales, como efectivamente ha sucedido en nuestro país, pues en el 2016, en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se ha creado una “Mesa de Trabajo para promover los derechos de lesbianas” , para promover el diálogo entre las organizaciones lesbianas y el Estado.
8. Iniciativas estatales por el derecho de las mujeres lesbianas.
Gracias a las organizaciones lesbianas y su lucha por reconocimiento dentro de nuestra sociedad, se han logrado importantes avances para que desde el aparato estatal se hable sobre su situación y se planteen medidas para luchar contra la discrminación y violencia a las que las mujeres lesbianas se enfrentan. Prueba de ello es que en el 2016, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables mediante Resolución Ministerial 099-2016-MIMP ha creado la Mesa de Trabajo para Promover los Derechos de Lesbianas, institucionalizando el diálogo entre las diversas organizaciones lesbianas y el Estado, uniéndose para identificar acciones estratégicas para contrarrestar la discriminacion y violencia que muchas de las mujeres lesbianas deben afrontar de manera diaria, en el espacio familiar, en el ámbito escolar, entre otros.[9]
Producto de esta mesa, en el marco del día de las Rebeldías Lesbianas Feministas de Latinoamérica del año pasado, se presentaron los hallazgos del estudio Políticas Públicas. Análisis para la igualdad de género respecto al ejercicio de los derechos de las mujeres lesbianas, siendo que el mismo es “un documento diagnóstico que analiza la situación de las políticas públicas y los derechos fundamentales de las mujeres lesbianas, con énfasis en los derechos a la salud, a la educación y a vivir una vida libre de violencia; y recoge las opiniones de los ministerios de Educación, Interior, Justicia y Derechos Humanos, y Salud”.
Asimismo el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021, del MIMP recoge la violencia por orientación sexual como una modalidad de violencia de género, reconociendo en su primer objetivo estratégico la diversidad de las mujeres, como mujeres lesbianas, bisexuales y mujeres trans, a pesar de no establecer mecanismos específicos para prevenir este tipo de violencia.
Desde el Ministerio de Salud, la Norma Técnica de Salud N° 124 de Planificación Familiar, creada a través de la Resolución Ministerial N° 525-2016-MINSA, reconoce que el acceso a los derechos sexuales y reproductivos debe hacerse sin discriminación por la orientación sexual.
Asimismo, el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021, en su lineamiento estratégico N°3, cuenta entre los grupos de especial protección a las personas LGBTI, y en ese marco diseña políticas públicas a su favor, y en el marco de este lineamiento se crea el Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de Derechos Humanos, donde los defensoras y defensoras de la población LGBTI cuentan con medidas de protección a nivel ministerial que pueden accionar.
Si bien estas medidas no son suficientes, son un avance importante que demuestra que las acciones que realizan los colectivos y organizaciones lésbicas, en conjunción con otras organizaciones feministas y pro derechos humanos están generando propuestas legales que garanticen una mayor protección y reconocimiento de las personas lesbianas en nuestra sociedad.
9. Derechos en busca de reconocimiento
Como se ha mencionado previamente, gracias a las organizaciones lésbicas a lo largo del tiempo y recientes acciones del Estado peruano se está avanzando poco a poco para concientizar y combatir las situaciones de violencia y discriminación hacia las mujeres lesbianas en Perú. Sin embargo, aún falta mucho que hacer para pasar de este escenario al panorama de reconocimiento de sus derechos.
Por ello, actualmente, se está luchando arduamente para el reconocimiento del matrimonio igualitario en el Perú. De tal manera, el reconocimiento de este derecho no solo sirve como validación institucional de la orientación sexual de las mujeres lesbianas, sino también como el derecho que ellas tienen de formar y ser reconocidas como familias, teniendo los mismos derechos que brinda la institución del matrimonio en parejas heterosexuales.
En ese plano, se debe enfatizar que si bien el Código Civil peruano expresa en su art. 234 que la noción del matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común. No existe una prohibición expresa que no pueda darse el matrimonio entre personas del mismo sexo. De la misma manera, nuestra Constitución en su art. 4 no restringe el matrimonio igualitario. Además, se debe tomar en cuenta que el Estado peruano es parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por lo cual se debería interpretar y adaptar las disposiciones de nuestra legislación conforme al corpus iuris interamericano. Por ejemplo, tomando en cuenta la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la cual se desarrollan los mecanismos que deben adoptar los Estados para la protección convencional del vínculo entre parejas del mismo sexo y la protección de las familias diversas .
En la misma línea, existen dos casos a la espera de decisión jurisdiccional respecto al reconocimiento del matrimonio igualitario en el extranjero. Estos son los casos de Óscar Ugarteche y Susel Paredes, quienes contrajeron matrimonio en México y Estados Unidos respectivamente con sus parejas del mismo sexo. Tales decisiones, de ser favorables, podrían significar un avance en el reconocimiento de derechos para el matrimonio igualitario.
10. Conclusiones
I. La situación de vulnerabilidad de las mujeres lesbianas en nuestro país no solo radica en su condición de sexo y su orientación sexual, sino que implica una discriminación estructural, cuando ellas se encuentran en más categorías que rompen con el parámetro deseado por la sociedad. De esa forma, no son condiciones separadas, sino que actúan de manera conjunta agravando más las posibles afectaciones. También, las mujeres lesbianas son objeto de una marcada sexualización, sobretodo, en la pornografia. Finalmente, las “violaciones correctivas” y los crímenes de odio son el punto más álgido y terrible que sufre esta comunidad.
II. La importancia que la comunidad lésbica esté organizada radica en que los objetivos de reconocimiento y redistribución de recursos puedan ser más fácilmente cumplidos, debido a que mediante las acciones que realizan como colectivo generan que situaciones discriminatorias que suceden en la sociedad puedan ser repensadas, y se pueda articular un diálogo institucional para crear políticas públicas ajustadas a sus vivencias y los problemas que presentan en razón a su orientación sexual. Es por esto que las organizaciones lésbicas desde su creación en 1984 y hasta la actualidad constituyen un lugar de empoderamiento y de acción colectiva en defensa de sus derechos .
III. Las acciones estatales en defensa y reconocimiento de las mujeres lesbianas constituyen un avance, pero no es suficiente. Además de políticas públicas que contrarresten la situación de discriminación en diversos ámbitos como el educativo, en salud, o en espacios públicos, se necesitan normas que reconozcan derechos como el matrimonio o la adopción, que la comunidad lesbiana merece por su condición de personas, pero que a la fecha no han sido promulgadas. Es una tarea constante de los operadores legales seguir escuchando a las organizaciones sociales y actuar de acuerdo a los estándares vertidos por los organismos internacionales de derechos humanos.
IV. Existe mucho camino que recorrer para pasar del escenario de concientizar y luchar por la no discriminación y violencia contra las mujeres lesbianas a un plano de reconocimientos de derechos, donde la comunidad lésbica pueda desarrollarse de manera plena sin el miedo de perder la vida o que se dañe su integridad. En el marco de la búsqueda de reconocimiento de derechos, resalta el seguimiento que se está dando para que se logre el matrimonio igualitario en el Perú. Pues recordemos que nuestro país por ser parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos debería interpretar y adoptar disposiciones de su legislación conforme al corpus iuris interamericano, sobre todo siguiendo la línea de la OC - 24/17.
[1] Colectiva La Zarzamora. (2019). 13 DE OCTUBRE. Día de las Rebeldías Lésbicas Feministas de Abya Yala. octubre 13, 2020, de La Zarzamora. Sitio web: https://lazarzamoracolectivalesbofem.wordpress.com/2019/10/14/13-de-octubre-dia-de-las-rebeldias-lesbicas-feministas-de-abya-yala/
[2] Guerrero, S., & Marie, G.. (2020). Los derechos y la inclusión de las personas LGBTI en Perú en tiempos de coronavirus. octubre 13, 2020, del Grupo Banco Mundial. Sitio web: https://blogs.worldbank.org/es/latinamerica/los-derechos-y-la-inclusion-de-las-personas-lgbti-en-peru-en-tiempos-de-coronavirus
[3] Chacartegui, C. (2017). La discriminación interseccional de las mujeres también existe. octubre 13, 2020, de El Diario Sitio web: https://www.eldiario.es/catalunya/dones-en-xarxa/igualdad-discriminacion-de-genero-discriminacion-interseccional_132_3190785.html
[4] El País. (2019). Google arregla su algoritmo para que ‘lesbiana’ ya no sea sinónimo de porno. octubre 13, 2020, de El País Sitio web:
https://smoda.elpais.com/moda/actualidad/algoritmo-lesbianas-porno-google/
[5] Ventas, L. (2016). Perú: "violaciones correctivas, el terrible método para curar" a las lesbianas. octubre 13, 2020, BBC Mundo. Sitio web: https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/08/150818_peru_violaciones_correctivas_lesbianas_lv
[6] RPP Noticias. (2017). Pastor Rodolfo González: "Si ven dos mujeres teniendo sexo, mátenlas". octubre 13, 2020, de RPP Noticias. Sitio web:
https://rpp.pe/lima/actualidad/audio-pastor-rodolfo-gonzalez-si-ven-mujeres-teniendo-sexo-matenlas-noticia-1034784
[7] Rodríguez, E. (2017) Reconstrucción de las memorias colectivas de los grupos de lesbianas feministas de Lima en el periodo 1984-2014. Obtenido de: http://hdl.handle.net/20.500.12404/9395
[8] Ídem.
[9] Información tomada del Portal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, puede verlo en:

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