El Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Ruanda
- Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
- 7 abr 2022
- 11 Min. de lectura
Karla Dessireth Correa Villanueva
Miembro ingresante del Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
“El genocidio es el más atroz de los crímenes y abarca todo lo que toca en un tsunami de odio y destrucción. Es un asalto a nuestros valores compartidos más fundamentales”
António Guterres - Secretario General de las Naciones Unidas
INTRODUCCIÓN
El Genocidio en Ruanda, una de las mayores masacres perpetradas en la historia de la humanidad, cumple hoy 28 años. Una tragedia que entre abril y julio del año 1994 cobró la vida de casi un millón de miembros de la etnia tutsi, quienes fueron cruelmente asesinados por sectores radicales de la etnia hutu. Cien días duró aquel fatídico acontecimiento que conmocionó al mundo entero y alarmó a la comunidad internacional por ser considerado una amenaza contra la paz y la seguridad internacionales, un atentado contra normas y principios que rigen el orden internacional y, sobre todo, una grave violación a los derechos humanos.
Diez años después de lo ocurrido, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 7 de abril del 2004 “Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda”. El Círculo de Derechos Humanos de la UNMSM, como espacio comprometido con el estudio, promoción, difusión y defensa de los Derechos Humanos; y siguiendo lo establecido en la misma resolución que crea tan importante fecha, en memoria de las víctimas del genocidio cometido en Ruanda, conmemoramos este día recordando lo sucedido con el objetivo de informar a nuestros lectores e incentivarlos a la reflexión respecto de la importancia de conocer la historia para evitar repetirla.
1. ANTECEDENTES
Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para el año 1994, eran aproximadamente 7.000.000 de personas las que habitaban en Ruanda y se encontraban divididas en 3 grupos étnicos: hutus, tutsis y twa. Sin embargo, el inicio de las tensiones entre ambos grupos (hutus y tutsis) se remonta al periodo colonial del siglo XIX, cuando tras la Primera Guerra Mundial, Ruanda pasó a pertenecer a Bélgica. Teniendo el control del país, los belgas clasificaron a la población de acuerdo a su etnia, es así como, [a] los tutsis, que conformaban el 14 por ciento de la población, les fueron otorgados mejores empleos, por considerar que eran más parecidos a los europeos. Mientras que los hutus fueron relegados a tareas menos cotizadas. [1]
Fue la inequidad en los beneficios entregados a cada uno de estos grupos lo que incrementó las tensiones y con el paso del tiempo los conflictos étnicos entre hutus y tutsis se hicieron más frecuentes. Como consecuencia de ello, en el año 1959, cientos de tutsis fueron asesinados. Posteriormente, en 1962, Ruanda consiguió su independencia, tomando la etnia hutu el control político del país, lo que ocasionó que miles de tutsis pidieron refugio en países vecinos: Burundi, Uganda, Zaire y Tanzania. Desde allí comenzaron a organizarse y perpetraron ataques contra los hutus y el Gobierno.
En 1988, fundan en Uganda el Frente Patriótico Ruandés (FPR), compuesto principalmente por tutsis exiliados que habían participado en la resistencia. En 1990, el FPR lanzó el mayor ataque a Ruanda desde Uganda. Los tutsis que vivían en Ruanda fueron tratados como traidores y cómplices de lo sucedido. En 1993, ambos países firman los acuerdos de paz de Arusha y se crea un gobierno de transición compuesto por hutus y tutsis. [2]
2. CRONOLOGÍA DEL GENOCIDIO [3]
El 6 de abril de 1994, un atentado contra el avión que transporta al presidente Habyarimana y a su homólogo de Burundi, Cyprien Ntaryamira, acabó con sus vidas. La aeronave fue impactada por un misil mientras aterrizaba en el aeropuerto de Kigali, capital de Ruanda. Esa noche, surgieron las primeras muertes.
El asesinato de la primera ministra, Agathe Uwiligiyimana y de diez soldados belgas encargados de su protección, el 7 de abril, acrecentó la ira de extremistas hutus, quienes dieron inicio a una campaña que invitaba a matar a los tutsis y quienes los protegieran.
Se estima que un millón de personas fueron asesinadas y al menos 250.000 mujeres fueron violadas. 95.000 niños fueron ejecutados y cerca de 400.000 quedaron huérfanos.
Los medios de comunicación, y en especial la reconocida emisora Radio Mil Collines, sirvieron como instrumento oficialista al trasmitir llamados a matar a todo aquel que fuera miembro de la etnia tutsi, a quienes se referían como “cucarachas”.
El 9 de abril de 1994 sucedió la masacre de Gikondo, en la que fueron asesinados más de cien tutsis refugiados en una iglesia católica. El 18 de abril de 1994, la Masacre de Kibuye sumó 12.000 tutsis a las estadísticas de muertes, asesinados en el estadio de Gatwaro donde buscaban protección.
El 21 de abril, el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó por unanimidad retirar a sus tropas del territorio, reduciendo el número de efectivos de su misión de paz en Ruanda, de 2.500 a 250 aproximadamente.
Del 28 al 30 de abril, miles de refugiados huyeron a países vecinos como Tanzania, Burundi y Zaire; territorios conocidos en la actualidad como la República Democrática del Congo.
Para mayo de 1994, un 80% de las masacres ya habían sido perpetradas.
El 23 de junio, la Organización de Naciones Unidas activó la "Operación Turquesa", con el fin de restablecer el orden en el país y mantener una zona de protección humanitaria ubicada al suroeste de Ruanda. Esta responsabilidad fue entregada a Francia, que años después, fue señalada de dar apoyo logístico a los hutus en la masacre y de proteger al gobierno mediante la operación.
Finalmente, en Julio de 1994, el Frente Patriótico Ruandés derrotó a las tropas gubernamentales conformadas por extremistas hutus y toma el control del país dando fin al genocidio. Fue formado un gobierno de unidad nacional con Pasteur Bizimungo, miembro de la etnia Hutu, como presidente, y Paul Kagame, representante del pueblo tutsi, como vicepresidente.
Kagame fue elegido presidente de Ruanda por el partido ‘Frente Patriótico Ruandés’ en el año 2000, desde entonces ha gobernado a la nación africana.
3. TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL PARA RUANDA
El 8 de noviembre de 1994, mediante resolución S/RES/955, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en mérito a las facultades que le otorga el Capítulo VII de la Carta de la ONU y al considerar que lo ocurrido en dicho país constituía una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, crea el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR), que tendría su sede en Arusha, Tanzania. Su creación tuvo el propósito exclusivo de enjuiciar a los responsables de genocidio y otras graves violaciones del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y a ciudadanos de Rwanda responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1º de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 1994. [4]
El Estatuto del TPIR, en su artículo 2, inciso 2, define el crimen de genocidio de la siguiente manera:
2. Por genocidio se entenderá cualquiera de los actos que se enumeran a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de vida que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Imposición de medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo;
e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Definición que es compartida por otros instrumentos internacionales que también regulan y proscriben el genocidio, entre los cuales tenemos el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en su artículo 6, y la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948, en su artículo 2. Al respecto, cabe mencionar que para la fecha en que tuvo lugar el exterminio masivo en Ruanda, dicho país ya había ratificado la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948, así como los Convenios de Ginebra de 1949, por lo que, la responsabilidad de los perpetradores de tal crimen no solo estaba vinculada a la violación de derechos humanos protegidos y reconocidos por la comunidad internacional, sino también de las leyes de la guerra cuyo fin primordial es la protección de los civiles que no participan directamente en las hostilidades.
Asimismo, Raphael Lemkin, un jurista polaco, es considerado el creador del término “genocidio” por ser el primer autor en utilizarlo en el año 1994, y sostenía que: "Por 'genocidio' nos referimos a la destrucción de una nación o de un grupo étnico [que] tiene dos etapas: una, la destrucción de la identidad nacional del grupo oprimido; la otra, la imposición de la identidad nacional del opresor". [5] De igual manera, este autor considera que este delito al igual que “el homicidio singular puede ser cometido tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, serán crímenes de guerra, y si en la misma ocasión se comete contra los propios súbditos, crímenes contra la humanidad. El crimen de genocidio hállase compuesto por varios actos subordinados todos al dolo específico de destruir un grupo humano”. [6]
El proceso más esperado por mucho tiempo por el pueblo de Ruanda, cuya sentencia constituyó un precedente importante en la destrucción de la cultura de la impunidad fue el instituido en contra de Jean-Paul Akayesu, quien en ese entonces ocupaba el cargo de alcalde en la comuna de Taba. Se afirma que, mientras Akayesu se encontraba en ejercicio de sus funciones, al menos dos mil tutsis fueron asesinados en dicha comuna, y que además de ello no solo tenía conocimiento de que los asesinatos se estaban llevando a cabo, sino que en algunas oportunidades presenció los mismos, facilitó los medios para su comisión y fomentó dicho accionar convocando a la población a unirse para eliminar a la etnia tutsi.
Es así como, por tales actos, el 2 de septiembre de 1998 [fue] declarado culpable de nueve de las quince acusaciones en su contra [7], dentro de las cuales se encontraban los cargos de genocidio e incitación directa y pública a cometer genocidio. Este fue el primer veredicto de culpabilidad por el crimen de genocidio que pronunció el TPIR y, además, fue la primera sentencia por genocidio emitida por una corte internacional, lo que constituyó un hito en la historia del derecho penal internacional. [8]
Resulta importante también señalar que, el TPIR consideró que la violencia sexual puede constituir un acto de genocidio y sostuvo que «la violencia sexual es un paso en el proceso de destrucción del grupo tutsi, en la destrucción del espíritu, de la voluntad de vivir y de la vida misma». [9] Ello, tomando en consideración que, alrededor de 250.000 mujeres fueron violadas durante el genocidio en Ruanda, un acto que también constituye un grave atentado contra los derechos humanos de dichas mujeres.
En tal sentido, la sentencia emitida por el TPIR condenando a Jean-Paul Akayesu no solo dio al pueblo de Ruanda la certeza de que los autores de tales crímenes recibirían un castigo acorde a la gravedad del delito cometido; sino que también dio un importante paso al considerar la violencia sexual como un acto de genocidio, lo cual contribuye en gran medida al desarrollo y el reconocimiento de la protección de los derechos de las mujeres, quienes históricamente han sido consideradas como un grupo vulnerable y que en un contexto de conflicto armado se vuelven aún más vulnerables a los abusos ya sea por parte de los mismos agentes estatales o de los miembros de algún grupo armado organizado.
Sobre el término de las actividades de este tribunal, fue el mismo Consejo de Seguridad quien le puso fin a su existencia mediante resolución S/RES/2256 el 22 de diciembre del año 2015.
4. CONMEMORACIÓN
La decisión de declarar el 7 de abril de 2004 Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda se originó en una recomendación del Consejo Ejecutivo de la Unión Africana. En marzo de 2003, el Consejo recomendó que las Naciones Unidas y la comunidad internacional, en conmemoración del genocidio cometido en 1994 en Rwanda, proclamara un día internacional de reflexión y de renovado compromiso de lucha contra el genocidio en todo el mundo. [10]
En razón de ello, mediante resolución A/RES/58/234 de fecha 23 de diciembre del año 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 7 de abril del 2004 Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en Rwanda. En la resolución se "alienta a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales competentes, así como a las organizaciones de la sociedad civil, a que observen el Día Internacional con actos y actividades especiales en memoria de las víctimas del genocidio". En ella se hace también un llamamiento a todos los Estados para que actúen de conformidad con la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, a fin de que no vuelvan a repetirse acontecimientos como los ocurridos en Rwanda en 1994. [11]
CONCLUSIONES
El genocidio es caracterizado como una de las violaciones más atroces a los derechos humanos. Luego del genocidio perpetrado por el régimen alemán nazi entre los años 1941 – 1945, con la creación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948, Naciones Unidas reconoció el genocidio como un delito perseguible por el derecho internacional, ello con miras a lograr que los Estados ajustaran su accionar conforme a las normas y principios que rigen las relaciones internacionales, para que no vuelvan a producirse acontecimientos en donde se vulneren los derechos humanos y que pongan en peligro la paz y seguridad internacionales.
El genocidio cometido en Ruanda, no solo pone en tela de juicio el hecho de que los Estados, aun habiendo ratificado tal Convención, son capaces de ir en contra de dichas normas y de toda la comunidad internacional con el fin de lograr sus objetivos; sino que también pone en evidencia el largo camino que aún nos falta recorrer para lograr que la ambición del hombre no se imponga sobre las consideraciones elementales de humanidad, que como principio fundamental del derecho internacional busca evitar que el ser humano atente contra sus semejantes sometiéndolos a situaciones inhumanas que transgredan sus derechos o provoquen su destrucción.
El rol que desempeñó la Organización de las Naciones Unidas a través del Consejo de Seguridad con la creación del Tribunal Penal Internacional para Ruanda representó un gran paso en la destrucción de la cultura de la impunidad. La sentencia dictada en contra de Jean-Paul Akayesu, uno de los responsables del exterminio masivo de la etnia tutsi, no solo le dio al pueblo de Ruanda la certeza de que los perpetradores de tal crimen recibirían una condena conforme a la gravedad del delito cometido, sino que también dejó en claro el mensaje ante los ojos de toda la comunidad internacional, de que los responsables de cometer crímenes tan graves como el genocidio serían perseguidos y sancionados.
Hoy, conmemoramos 18 años de la creación del Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda. Hoy, en memoria de todas aquellas personas que perdieron la vida injustamente unámonos como no lo hicimos hace 28 años, y que nuestra unión simbolice que la lucha por la defensa de los Derechos Humanos perdurará en el tiempo.
Referencias bibliográficas
[1] TeleSURtv.net. “Radiografía de un genocidio: ¿Qué ocurrió en Ruanda en 1994?”. Acceso el 06 de abril del 2021. https://www.telesurtv.net/news/ruanda-radiografia-genocidio-20210405-0043.html
[2] UNHCR ACNUR. “Genocidio de Ruanda: la historia de los hutus y los tutsis”. Acceso el 30 de marzo del 2017. https://eacnur.org/es/actualidad/noticias/eventos/genocidio-de-ruanda-la-historia-de-los-hutus-y-los-tutsis
[3] France 24. “Genocidio en Ruanda: ¿por qué y cómo sucedieron los hechos?”. Última modificación el 07 de abril del 2019. https://www.france24.com/es/20190406-genocidio-ruanda-25-anos-africa
[4] Resolución S/RES/955, de 8 de noviembre de 1994, por la que el Consejo de Seguridad de la ONU establece el Tribunal Penal Internacional para Rwanda.
[5] Lemkin, Raphael. El dominio del Eje en la Europa ocupada. Buenos Aires: Prometeo, 2008. Citado por Feierstein, Daniel. “El concepto de genocidio y la "destrucción parcial de los grupos nacionales". Algunas reflexiones sobre las consecuencias del derecho penal en la política internacional y en los procesos de memoria”. Revista mexicana de ciencias políticas y sociales vol.61 no.228 Ciudad de México sep./dic. 2016.
[6] Arango, Virginia. “El delito de Genocidio”. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r15360.pdf
[7] CNDH México. “Tribunal Penal Internacional para Ruanda encuentra culpable de nueve casos de genocidio a Jean-Paul Akayesu”. https://www.cndh.org.mx/noticia/tribunal-penal-internacional-para-ruanda-encuentra-culpable-de-nueve-casos-de-genocidio
[8] Instituto de Relaciones Internacionales. “A 23 años del fallo Akayesu. Reflexiones sobre la génesis de la proscripción del genocidio”. https://www.iri.edu.ar/index.php/2021/08/31/a-23-anos-del-fallo-akayesu-reflexiones-sobre-la-genesis-de-la-proscripcion-del-genocidio/
[9] TPIR, Chamber I, Decision of 2 September 1998 The Prosecutor v. Jean-Paul Akayesu, Case ICTR-96-4-T. Citado en Instituto de Relaciones Internacionales. “A 23 años del fallo Akayesu. Reflexiones sobre la génesis de la proscripción del genocidio”. https://www.iri.edu.ar/index.php/2021/08/31/a-23-anos-del-fallo-akayesu-reflexiones-sobre-la-genesis-de-la-proscripcion-del-genocidio/
[10] Naciones Unidas. “Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda”. https://www.un.org/spanish/events/rwanda/antecedentes.htm
[11] Resolución A/RES/58/234, de 23 de diciembre del 2003, por la que la Asamblea General de la ONU establece el Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en 1994 en Rwanda.

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