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Independencia y Derechos Humanos. Reflexiones por 28 de julio

Foto del escritor: Círculo de Derechos Humanos - UNMSMCírculo de Derechos Humanos - UNMSM

Jesús Fonttis Valencia

Miembro aspirante del Círculo de Derechos Humanos - UNMSM


Sumario: I. Presentación. II. Contexto histórico. III. Memoria y balance. IV. Conclusiones. V. Bibliografía.


I. PRESENTACIÓN

Esbozaremos a continuación un ensayo sobre la independencia del Perú y los derechos humanos. Cuál es, se preguntará el lector, el puente o pasaje privilegiado que une ambos temas. Mi hipótesis es sencilla: la respuesta se encuentra en la fecha misma. Creo que el 28 de julio de cada año es el momento clave para autoevaluarnos como nación. Este día simboliza la partida de nacimiento de la República del Perú. He ahí su importancia.


Por otro lado, entrando ya en materia, existe conformidad en que los derechos humanos y fundamentales cumplen un rol medular en el constitucionalismo actual [1]. Debido a ello esta fecha nos motiva especialmente para ver por dónde vamos, qué ruta estamos siguiendo, y si estamos cumpliendo como Estado a la hora de garantizar de forma efectiva los derechos humanos. Llegó el momento de hacer un balance.


Es evidente que los dos temas que abordaremos poseen vasto alcance y múltiples implicaciones. Los breves apuntes que presentamos a continuación no los tocan a fondo pues tienen un fin más modesto: transmitir con claridad una visión panorámica y compartir algunas ideas. Si lo conseguimos nos sentiremos ampliamente satisfechos.


II. CONTEXTO HISTÓRICO


2.1. Desde San Martín hasta Ayacucho

El 28 de julio de 1821 el Perú se liberó del yugo español. La anterior afirmación rebosa valentía, pero es exageradamente inexacta. Aquel día, un general nacido en las Provincias Unidas del Río de la Plata, José de San Martín, proclamó en la plaza mayor de Lima el conciso y celebérrimo discurso: «Desde este momento el Perú es libre e independiente por la voluntad general de los pueblos y por la justicia de su causa que dios defiende. ¡Viva la Patria!, ¡Viva la libertad!, ¡Viva la independencia!».


Luego de aquel acto la situación en nuestro país no varió sustancialmente. Como bien manifiestan los historiadores Contreras y Cueto [2]:


Naturalmente, ello no significa sostener que todo cambió desde 1821, y menos incluso que todo cambiara para bien. La independencia significó, sobre todo, el reto de hacer del Perú una nación, ya que esta existía solo débilmente al llegar a su ocaso el dominio hispano. La construcción de la nación peruana pasaba, en primer lugar, por levantar un Estado que fuera capaz de dirigir la formación de la nueva entidad política soberana.


Existe cierto consenso, que suscribimos, según el cual es incorrecto analizar la independencia del Perú mediante causas exclusivamente internas. En realidad, más que un proceso local, la independencia se entiende mejor como parte de procesos mayores: uno continental (Hispanoamérica) e incluso uno a escala mundial. ¿Eso es motivo para descartar el valor de las luchas independentistas regionales? Para nada. No las excluye ni las opaca. Más bien, lo correcto sería hablar de un trabajo en conjunto –aunque desconocido por sus actores– en donde se compartían ideas y fines similares: libertad, soberanía y autogobierno [3].


Ahora bien, la independencia se consolida con Simón Bolívar tras las batallas de Junín y Ayacucho. La victoria del ejército patriota en 1824 marca el sello de un Perú autónomo, libre de injerencia política externa. Debido a ese triunfo, más de tres años después de la proclamación sanmartiniana, nuestro país pudo recién gobernarse a sí mismo. Entonces, si la proclama independentista en Lima no implicó un cambio significativo a nivel social ni económico [4] e incluso, como acabamos de mencionar, influyó políticamente de forma relativa, cabe preguntarse por qué destacarla por sobre otros eventos.


2.2. Relevancia del 28 de julio

Si tuvieran que enumerarse los acontecimientos de mayor dimensión y magnitud en nuestra historia, la independencia estaría fácilmente entre los primeros lugares. No obstante, es necesario ver y pensar la emancipación no como suele hacerse –un momento, un año, un día– sino como lo que realmente fue: un proceso.


La importancia de lo sucedido el 28 de julio estriba en su carácter de hito simbólico [5]. Es, a la vez, final y principio. En primer lugar, concluye la etapa de los precursores. Las sublevaciones en distintas regiones del país –que venían desde finales del siglo XVIII y siempre resultaban debeladas– llegan a su término [6]. Segundo, da inicio a cambios políticos que van a fortalecerse luego con Simón Bolívar al mando. Es verdad que los cambios no fueron inmediatos, pero encuentran en ese día su punto de partida. Igualmente, convendría recordar otra fecha representativa: el 15 de julio de 1821. A modo de antesala, ese día se firmó el acta de declaración de independencia del Perú, documento que precedió a la ceremonia pública de proclamación [7].


Ambos eventos tienen como protagonista a José de San Martín, el Capitán de los Andes. Su caso es digno de atención y, personalmente, de admiración. Jorge Basadre manifestó que “San Martín dejó los cimientos del Estado peruano libre y soberano”. Asimismo, Perú le debe a él “su himno y su bandera, los primeros buques de su escuadra, la Biblioteca Nacional, el primer ensayo de organización constitucional, los primeros decretos de la época independiente favorables al indígena, la libertad de los esclavos nacidos después de 1821” [8].


III. MEMORIA Y BALANCE

En este acápite presentaremos datos sobre los derechos humanos en el Perú. Para ello se usarán fuentes importantes, especializadas en abordar temas de derechos humanos, como Amnistía Internacional, el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUCP y el portal web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.


3.1. Los derechos vulnerados

Antes de hablar derechos humanos es necesario aproximarnos al concepto, decir qué son. Dentro de la cultura jurídica este asunto es muy amplio. No nos satisface la clásica respuesta, con tufillo iusnaturalista, que los define como “aquellos derechos de los que somos titulares por el mero hecho de ser humanos”. Sin embargo, por fines prácticos, tampoco ahondaremos en las disquisiciones sobre su fundamento ni en su naturaleza moral o filosófica. Por ello, las tesis –valiosas– de autores como Robert Alexy, Ronald Dworkin, Francisco Laporta entre otros filósofos del derecho quedarán al margen de este ensayo.


Preferimos adoptar la visión de los derechos humanos como una especie perteneciente a la categoría de derechos subjetivos, pues nos interesa analizarlos en situaciones concretas [9]. En ese sentido, primero diremos que todo derecho subjetivo es toda aquella “expectativa jurídica positiva (de prestación) o negativa (de no lesión)” [10].


Si bien existen numerosos derechos subjetivos, no todos son derechos humanos o fundamentales. Estos presentan propiedades formales y materiales distintivas. Dicho esto, entonces, nos parece acertada la siguiente conceptualización: “los derechos humanos pueden definirse como expectativas formadas en todas las personas en relación con la acción u omisión de los Estados, las empresas, los poderes fácticos y del resto de las personas respecto a ciertos bienes primarios constitutivos de lo que se considera la dignidad humana” [11].


Hasta aquí con este tema. A continuación, mencionaré los derechos más vulnerados en el país. No pretendo hacer un listado exhaustivo, solo mostrar información relevante. Las principales problemáticas según el último informe de Amnistía Internacional sobre el Perú son:

  • Víctimas de represión policial sin justicia ni reparación.

  • Defensores y defensoras de derechos humanos, ambiente y territorio en peligro.

  • Perú registró la mayor tasa de muertes por millón de habitantes a causa del Covid-19.

  • Afectados por contaminación siguen esperando atención.

  • Retroceso en los derechos de las mujeres.

  • Matrimonio igualitario y ley de identidad de género continúan a la espera.

Asimismo, el informe señala que: “la crisis de salud que enfrentan miles de personas, especialmente pueblos indígenas, a causa de la contaminación medioambiental por metales pesados y sustancias tóxicas, no fue abordada adecuadamente, lo cual sigue vulnerando sus derechos a la salud y a vivir en un ambiente sano” [12].


Además de eso presentamos un párrafo escrito por la abogada Marcela Huaita [13]. En 2020 comentaba la II Encuesta Nacional de Derechos Humanos señalando cuál es el derecho que más se transgrede en relación con las mujeres peruanas:


Cuando observamos el derecho a la vida y a la integridad, encontramos que nuestra población lo considera como el tercer derecho más importante. Pero, cuando se trata de analizar si este derecho –siendo tan importante- es uno de los más respetados para el caso de las mujeres, vemos que no. El derecho a la vida y a la integridad se encuentra entre los 5 derechos más vulnerados para el caso de las mujeres. Sin embargo, no es ni de lejos el derecho que se considera más vulnerado, antes que este derecho encontramos en primer lugar como derecho más vulnerado, el derecho al trato digno y a no ser discriminada, el derecho al trabajo y al salario digno, así como varios otros; ubicándose el derecho a la vida y a la integridad recién en el quinto lugar en la percepción ciudadana.


A propósito de esto, aclaramos que los derechos humanos en este país tienen varios límites. No hablamos de límites jurídicos o de derecho, sino de límites de hecho, es decir, obstáculos por situaciones sociales y económicas [14]. Serios impedimentos al momento de acceder a salud, educación, seguridad social, agua, vivienda digna, etc. (sin contar el gran reto de la inclusión política de los pueblos indígenas). Es así que un límite de los derechos humanos se traduce en un no-disfrute o acceso real a los mismos.


3.2. Los derechos alcanzables

Llegados a este punto nos surgen algunas preguntas: ¿qué avances en materia de derechos ha habido en Perú durante los últimos años?, ¿qué podemos mejorar?, ¿cómo podemos hacerlo? Para encontrar la solución correcta, hay que empezar reconociendo el problema.


Muchas veces la negligencia y desidia del Estado puede parecer total, pero pese a todo se vienen haciendo grandes esfuerzos y aplicando mecanismos para superar los padecimientos antes mencionados. Dentro de las políticas más importantes para un desarrollo eficiente se encuentra el Plan Nacional de Derechos Humanos [15]. Compartimos con el lector algunos datos:


El PNDH 2018-2021 constituye una herramienta multisectorial e integral destinada a concretar la gestión de políticas públicas en materia de derechos humanos en el país. Por su carácter transversal, compromete a todos los sectores y niveles de gobierno permitiendo proyectar el enfoque de derechos humanos en la intervención de las entidades estatales.


El PNDH fue concebido con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos en el Perú a través de la acción coordinada entre las instituciones del Estado, especialmente, a favor de los grupos de especial protección. El Estado peruano, al aprobar su tercer PNDH ratifica su voluntad de satisfacer valores fundamentales como la libertad y la igualdad, que hacen posible la plena autonomía de las personas y la plena satisfacción de sus necesidades básicas en una sociedad inclusiva dispuesta a erradicar la discriminación y la violencia. El objetivo final es, en definitiva, la plena vigencia de la dignidad humana, una idea orientadora cuyos efectos cotidianos aún requieren ser afirmados en la práctica social e institucional.


Nos parece sumamente valioso el PNDH y esperamos que, con el pasar de los años, se creen más y mejores herramientas que concreten una serie de desafíos pendientes. Si deseamos un cambio hace falta seguir investigando. Desarrollar nuestra conciencia ética y política, informarse antes de votar, no dejarse llevar por discursos demagógicos, apoyar a los más débiles, socorrer a quienes no gozan de privilegios que nosotros gozamos, buscar la protección y promoción de los derechos sociales (DESC), son solo algunas cosas que podemos (debemos) hacer.


V. CONCLUSIONES

A modo de reflexión final manifestamos lo siguiente:


Primero refrescar la memoria del lector: la razón que nos motivó a escribir este trabajo fue unir dos temas de gran importancia, como son la independencia y los derechos humanos. Nos pareció necesario hacer una autoevaluación y aclarar, aunque sea ligeramente, el panorama de los últimos años.


En segundo lugar, una digresión sobre los festejos por la independencia. La patriotería ramplona no va con nuestra manera de pensar. Consideramos que celebrar no es lo adecuado y preferimos una conmemoración discreta. Creemos que toda persona verdaderamente racional es cosmopolita.


Como tercer punto, admitir que aún quedan muchos asuntos pendientes. Perú es uno de los países más conservadores de la región. Aún no se reconoce el derecho al matrimonio igualitario, a la eutanasia ni al aborto, entre otros. Sin mencionar la vulneración frecuente de los ya reconocidos como, por ejemplo, el derecho a la no discriminación (como dijo un jurista, muchas disposiciones normativas se encuentran “dormidas” en la Constitución. Pese al reconocimiento jurídico positivo, en la práctica no se cumplen). Ya es tiempo de pasar del reconocimiento a la acción.


Finalmente, estamos plenamente de acuerdo con Hugo Neira quien afirmó en uno de sus ensayos que el peruano debe esforzarse por “vencer la inercia de sus reiterados defectos”. El 28 de julio de cada año es el momento apropiado para hacerlo. Es hora de resucitar la esperanza.

 

Referencias bibliográficas

[1] César Landa. “Ética y justicia constitucional”, en UNED. Revista de Derecho Político (75-76), 2009, p. 247.


[2] Carlos Contreras y Marcos Cueto. Historia del Perú contemporáneo. (Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 2013), p. 43.


[3] Carlos Contreras y Marcos Cueto. Op. cit. p. 42.


[4] Así lo sostuvieron Heraclio Bonilla y Karen Spalding en su ensayo de 1972 titulado “La independencia en el Perú: las palabras y los hechos”. Los reconocidos historiadores plantearon, en síntesis, que la independencia fue ‘concedida’ y que se limitó a ser un hecho militar y político, dejando inalteradas las bases del sistema colonial.


[5] Carlos Contreras y Marcos Cueto. Op. cit. p. 44.


[6] Nos parece ingrato dejar de mencionar a quienes, pese a fracasar, desafiaron al poder español con fines independentistas o en defensa de la patria. Personajes como Francisco Antonio de Zela, los hermanos Vicente y José Angulo, Mateo Pumacahua y José Olaya merecen reconocimiento. De igual modo, aunque con matices, Tupac Amaru II y Micaela Bastidas.


[7] Disponible en: https://bicentenario.gob.pe/15-julio-1821-firma-acta-independencia-peru/. Página web del Bicentenario del Perú. Consultado el 20 de julio de 2022.


[8] Jorge Basadre. Perú independiente. (Lima: Coedición del Grupo Editorial Producciones Cantabria con El Comercio, 2010), p. 31.


[9] Sandra Serrano y Daniel Vásquez. Fundamentos teóricos de los derechos humanos. Características y principios. (México: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2015), p. 14.


[10] Luigi Ferrajoli. Sobre los derechos fundamentales y sus garantías, citado por Serrano y Vásquez. Ibid.


[11] Serrano y Vásquez. Op. cit. p. 15


[12] Disponible en: https://amnistia.org.pe/informe-anual-2022/. Amnistía Internacional Perú. Consultado el 20 de julio de 2022.


[13] Disponible en: https://idehpucp.pucp.edu.pe/idehpucp_medios/blog-pucp-cual-es-el-derecho-que-mas-se-vulnera-en-el-caso-de-las-mujeres-peruanas/. Marcela Huaita. “Comentarios a la II Encuesta Nacional de Derechos Humanos. Grupo de Especial Protección: Mujeres”. Consultado el 20 de julio de 2022.


[14] Gregorio Peces-Barba. Curso de derechos fundamentales. Teoría general. (Madrid: Coedición de la Universidad Carlos III de Madrid con el Boletín Oficial del Estado, 1999), p. 588.


[15] Disponible en: https://observatorioderechoshumanos.minjus.gob.pe/plan-nacional-de-derechos-humanos/. Portal web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Consultado el 20 de julio de 2022.



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