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La Trata de Niños, Niñas y Adolescentes migrantes: un análisis sobre vulneraciones interseccionales

  • Foto del escritor: Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
    Círculo de Derechos Humanos - UNMSM
  • 30 jul 2021
  • 10 Min. de lectura

Joaquín Ramírez Barreto

Miembro principal del Círculo de Derechos Humanos - UNMSM


«Los supervivientes de la trata deben ser quienes guíen nuestros esfuerzos. Su contribución es esencial para abordar los factores y patrones de riesgo, así como para identificar y proteger a las víctimas y velar por que accedan a la justicia y la recuperación»

António Guterres, Secretario General de las Naciones Unidas


I. Introducción


En el presente trabajo me dispongo a abordar la trata de personas, enfocada en las experiencias de los niños, niñas y adolescentes (a quienes nos referiremos como NNA de ahora en adelante) que se han visto forzados a escapar de su país de origen -por diversas razones- y se encuentran en condición de indocumentados.


Esta situación tiene la característica de confluir diversas formas de discriminación y vulnerabilidad, sobre las cuales se van a agravar las experiencias que sufren las víctimas. Por esta razón, para poder combatirla de forma adecuada, se vuelve necesario un abordaje múltiple a las experiencias de los NNA migrantes indocumentados, tanto en calidad de población vulnerable por su edad, como por su condición legal.


Teniendo esto en mente, buscaré explicar primeramente qué es la trata de personas y su relación con la esclavitud y los fundamentos sociales que permiten una dominación arbitraria; igualmente, realizaré un breve análisis de la migración, comprendiendo los motivos tras de ella y como afecta el hecho de ser un indocumentado a la situación laboral -entendido como principal motivo- de muchos de los migrantes. Finalmente, presentaré un análisis de la situación de los NNA como población socialmente susceptible de dominación arbitraria y propondré un ejemplo sobre como la combinación de estos factores llevan a una situación de precariedad-trata-abuso, la cual explicaré brevemente.


II. ¿Qué es la trata de personas? Una breve aproximación teórica e histórica:


Acudiendo al principal instrumento internacional referido a la trata de personas, recogido en la Asamblea General de las Naciones Unidas el año 2000 y al que me referiré como “Protocolo de Palermo”, se puede encontrar la siguiente definición, la cual servirá como base para el desarrollo de las cuestiones posteriores:


Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.[1]


Esta definición ha sido utilizada como punto de partida en las diversos Tribunales Internacionales[2] en materia de Derechos Humanos para hablar al respecto. Es preciso destacar lo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido en el caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs Brasil, señalando que la trata de personas constituye no solo una forma de esclavitud -y por ende, justiciable a partir del artículo 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos-, sino que es en sí misma, una violación a las garantías contenidas en el mismo documento.[3]


La relación entre trata de personas y esclavitud, en mi opinión, no solo se presenta en los aspectos procesales y jurídicos que se han expuesto anteriormente, sino que podemos rastrear su mismo origen en un hecho común a lo largo de la historia: el comerciar con la libertad de una persona, quien contra su interés y voluntad resultará sometida a un tercero, ya constituye, de cierta forma, lo que se entiende como trata y esclavitud.


De esta forma el hablar de la trata de personas nos lleva a hablar de situaciones de esclavitud, y abordar las situaciones de esclavitud nos llevará a reflexionar sobre las situaciones de ventajas y desventajas, de privilegios y de cargas existentes en nuestra comunidad, en nuestro país y en la aldea global de la que todos formamos parte. Comprendiendo esto, a continuación introduciré al trabajo un breve análisis de la situación de los migrantes indocumentados, enfocándome en la situación económica.


III. Nuevo hogar, nuevos problemas:


El economista Jacques Rogozinski escribió en un artículo orientado a entender la migración como una búsqueda de oportunidades económicas y no necesariamente como una búsqueda de igualdad, que la migración “no se da por desigualdad absoluta dentro de un país, sino por la desigualdad relativa entre países”[4], ósea, que la gente va a migrar a aquellos lugares que sean más aptos para el desarrollo de sus proyectos de vida, en cuanto a posibilidades económicas, antes que aquellos que le ofrezcan una mayor igualdad -entendida como estabilidad- a nivel interno. Esta relevancia del rol monetario para la migración es reafirmada por Erick Gómez Tagle:


La realidad es que la gente se desplaza por razones principalmente monetarias, pero también políticas, ideológicas o por conflictos armados. Su naturaleza tiene relación con la continua demanda de mano de obra extranjera, tanto calificada, como la que no lo es, junto con la expectativa de lograr mejores condiciones de vida.[5]


Cuando el migrante transfronterizo emprende su viaje se enfrenta a una gran variedad de problemas, pero el más esencial de ellos es, definitivamente, la cuestión de la regularización de su situación. El sociólogo Stephen Castles señala:


Los Estados modernos no tratan igual a todos los migrantes, sino que, en cambio, seleccionan y diferencian según sus intereses nacionales percibidos. La selectividad implica privilegiar a ciertas personas como adecuada para el ingreso y residencia y rechazar a otras, a veces con base en la nacionalidad, etnicidad o raza.[6]


De estas situaciones de subjetividad resulta valido decir que la regularización o no muchas veces se convierte en la primera vulneración a los derechos humanos que el migrante recibe en el país de destino, y la que abrirá las puertas a muchas otras situaciones de vulnerabilidad. En este sentido, en cuanto a la inserción laboral -recordando el carácter monetario como principal motivo de la migración-, la situación de quienes resultan indocumentados por la negativa de la administración u otros motivos es altamente peligrosa:


Desprovisto de condición jurídica o social alguna, el trabajador migratorio ilegal es, por naturaleza, objeto de explotación. Queda a merced de sus empleadores y puede verse obligado a aceptar todo tipo de trabajo, en cualquier condición laboral de su vida. (…) El trabajador migratorio ilegal rara vez trata de buscar justicia, por temor a ser descubierto y expulsado, y en muchos países no tiene derecho de apelación contra decisiones administrativas que le afectan.[7]


Ahora bien, comprendiendo esta situación, es preciso preguntarnos lo que ocurre cuando se añade una tercera variable a la ya complicada situación de los trabajadores migrantes indocumentados. Al respecto, profundizaré en el punto posterior, abordando los constructos de dominación alrededor de los NNA, y su relación con las situaciones de vulnerabilidad interseccional y estructural en las que se han encontrado en el ámbito laboral a lo largo de la historia y en los contextos de migración.


IV. NNA migrantes y la esencia del poder:


Las vulnerabilidades y exposiciones a riesgos contra las personas a partir de (malas) políticas migratorias son un problema de Estado cuyo efecto es aún mayor en el caso de poblaciones histórica y socialmente vulnerables como las mujeres y grupos étnicos oprimidos, e incluso peor cuando hablamos de menores de edad.[8] A partir de esto es que buscaré comprender los grandes problemas surgidos de esta sobreexposición al riesgo, a partir de construir una relación entre dominación y explotación.


En la sociología clásica, menciona Iskra Pavez, se ha considerado a los y las niñas como más cercanos a la naturaleza que a la cultura, situación que justifica un proyecto de dominación desde los adultos hacia ellos: estos -NNA- son seres inferiores que necesariamente necesitan estar bajo el poder y autoridad de los racionales y civilizados -adultos-.[9] Esta situación ha permitido, como toda relación desigual (y hasta cierto punto, arbitraria) de poder, que se den abusos y vulneraciones graves a los derechos humanos. El más típico caso: el padre que pega para “corregir”.


Este esquema de dominación, entonces, se ve replicado en diversos contextos, sin ser la vida económica la excepción a esto. La relevancia histórica de la participación de los niños y niñas en situaciones laborales es innegable: desde los niños soldados en la guerra civil de Ruanda hasta los menores mineros en Latinoamérica, esta participación ha sido en una gran cantidad de casos, producto y desencadenante de diversas situaciones de abuso emocional y físico.[10]


En definitiva, tal y como lo menciona Juan Artola Belvis, jefe de misión de la Organización Internacional para las Migraciones en México:


Es innegable que la migración de niñas y niños por medios irregulares, especialmente en el caso de los que lo hacen no acompañados, es un elemento que aumenta sustancialmente los riesgos a ser presa de extorsión, abuso físico, mental y emocional, explotación y trata de personas en distintos sectores y bajo modalidades diversas.[11]


Ahora bien, al relacionar la trata de personas (recurriendo… al abuso de poder) con la realidad desigual que se ha creado entre adultos y NNA, situación más evidente cuando la relación es la única a la que el menor tiene acceso, y añadiéndole el factor de la migración, encontramos una situación de especial riesgo para las víctimas. Al respecto, y para poder ejemplificar de forma adecuada esto, en el siguiente punto analizaré muy brevemente una experiencia sobre la trata de NNA migrantes indocumentados.


V. Análisis de Experiencia, la tríada precariedad-trata-abuso:


En un testimonio recogido en el Estudio sobre el estado de la Trata de Personas en Ecuador, los padres de una víctima adolescente de trata con fines de trabajo forzado relatan:


Nuestra hija se fue hace 8 meses, en los cuales se ha comunicado brevemente a escondidas cuando sale a hacer compras para la casa; nos comenta que la maltratan verbal y físicamente, no se encuentra a gusto allá, está muy triste, quiere regresar a Ecuador.[12]


Los padres del relato anterior mencionan que situación similar ocurrió con su primera hija, y que les pagaron “500 dólares por llevarla y 500 al traerla de vuelta a Ecuador”. Ambas menores fueron llevadas a fin de trabajar de vendedoras y con el ingreso poder ayudar a sus familias, sin embargo la situación se salió de control con la segunda hija, por quien no les pagaron nada para llevársela y a quien no le pagan su trabajo como cuidadora de niños en Venezuela.


Ahora bien, en la experiencia confluyen tres situaciones que considero esenciales para el estudio de la migración infantil y la trata de NNA:


Primero: Precariedad, en cuanto se desprende la existencia de una condición de necesidad económica dentro de la familia, la cual empuja a las hijas a buscar ingresos con los cuales ayudar en la situación de su hogar.

Segundo: Trata, en cuanto la menor es captada, trasladada y recibida en Venezuela (acción) con la idea de trabajar como vendedora (medio coercitivo); sin embargo esto resulta ser un engaño y resulta trabajando de forma no remunerada como cuidadora (fin de explotación).[13]

Tercero: Abuso, en cuanto la menor es víctima de maltrato físico y verbal, además de ser explotada laboralmente, al no ser remunerada por su trabajo.


Al respecto, en el informe “La experiencia de las mujeres víctimas de trata en América Central y República Dominicana”, se expone la relación entre estos tres elementos:


Los niños y niñas son especialmente vulnerables por su ingenuidad respecto de los verdaderos fines de las acciones de los delincuentes; a menudo no son capaces de explicar las circunstancias de su explotación a las autoridades y son fáciles de dominar físicamente. Con frecuencia las víctimas tienen una situación económica precaria o carecen de vivienda, han recibido una enseñanza deficiente o han tenido menos éxito en la escuela que sus compañeros (…)[14]


VI. Conclusiones:


Hablar de la trata de personas nos abre las puertas a cuestiones que hemos decidido alejar del debate público en nuestra sociedad y que preferimos mantener ocultas antes que afrontar de forma directa.


Para formular verdaderas soluciones al problema de la trata de personas, el Estado debe comprender que no basta con la tipificación del delito, sino generar políticas públicas que vayan contra la raíz del problema. Combatir la desigualdad y la ineficiencia de servicios básicos, fomentar campañas con un enfoque plural que promueva el respeto entre todos, entre otras ideas, son tan importantes como las medidas de combate directo y la creación de comunidades seguras para las víctimas y poblaciones vulnerables.


En definitiva, buscar comprender la dominación, sumisión y explotación -todos ellos enmarcados no solo en la trata de menores-, es entrar en el terreno de cómo funcionan las relaciones sociales existentes, donde debemos dialogar sobre los presupuestos en los que se encuentran asentados y el cómo podemos sobrepasarlos para conseguir una verdadera liberación de las personas, sin dominación arbitraria ni abusos entre “iguales”.

[1] Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (UN: Asamblea General, 2000), parte I, artículo 3, inciso a

[2] Véase, por ejemplo: Caso Rantsev v. Chipre y Rusia (Tribunal Europeo de Derechos Humanos, 2010) o Ramírez Escobar y otro v. Guatemala (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2018)

[3] Corte IDH, Caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde v. Brasil (Fondo), Sentencia de 20 de octubre de 2016, Serie C No. 318.

[4] Jacques Rogozinski, “Desigualdad y Migración”, El Financiero, https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/jacques-rogozinski/2021/05/10/desigualdad-y-migracion/ (Consultado el 24 de julio de 2021)

[5] Erick Gómez Tagle, “Desplazamiento forzados y formas de esclavitud contemporánea” en Niñez Migrante, Trata y Explotación Infantil en México. Temas Emergentes en la Agenda Nacional (México: Comisión Nacional de Derechos Humanos/Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, 2009), 107-117.

[6] Stephen Castles, “Migración irregular: causas, tipos y dimensiones regionales”, Migración y desarrollo 8 (enero de 2010): 49-80.

[7] Roberto Aruj, “Causas, consecuencias, efectos e impacto de las migraciones en Latinoamérica”, Papeles de población 14:55 (2008): 95-116.

[8] Miguel Moctezuma-Longoria, “Menores inmigrantes vulnerados por el gobierno estadounidense. Atrocidades y omisiones de las políticas públicas”, Papeles de población 24:98 (2018): 133-156.

[9] Iskra Pavez Soto, “Sociología de la Infancia: las niñas y los niños como actores sociales”, Revista de Sociología 27 (enero de 2012): 81-102.

[10] Respecto al primer ejemplo (niños soldados en Ruanda) es altamente recomendable la lectura de la sentencia de la Corte Penal Internacional en el caso Thomas Lubanga. En la misma, la Sala determinó que las pruebas presentadas demostraban que los niños reclutados “sufrían severos castigos” y “regímenes agresivos de capacitación”, así como la existencia de violencia sexual contra las niñas reclutadas por parte de los comandantes de las Fuerzas Patrióticas para la Liberación del Congo (UPC/FPLC). Sobre los niños mineros, por su parte, existen una gran cantidad de reportajes periodísticos que evidencian las situaciones de abuso físico y psicológicos que sufren de parte de los mineros mayores.

[11] Juan Artola Belvis, “Niñas y niños migrantes: Víctimas invisibles de la trata de personas” en Niñez Migrante, Trata y Explotación Infantil en México. Temas Emergentes en la Agenda Nacional (México: Comisión Nacional de Derechos Humanos/Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, 2009), 77-80.

[12] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Estudio sobre el estado de la Trata de Personas en Ecuador (UNODC, 2011), 82.

[13] Esta definición sobre la constitución de la trata de personas se recoge del informe “La experiencia de las mujeres víctimas de trata en América Central y República Dominicana y la actuación de las instituciones; Capítulo El Salvador” (OIM, 2008)

[14] Organización Internacional para las Migraciones, La experiencia de las mujeres víctimas de trata en América Central y República Dominicana y la actuación de las instituciones; Capítulo El Salvador (OIM, 2008), 40..





 
 
 

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